Miércoles, 10 Octubre 2018

Atractivos paquetes y beneficios en Uruguay desde octubre

Uruguay reestableció beneficios en servicios turísticos que entraron en vigencia el lunes 1º de octubre de 2018 y se extenderán hasta el 30 de abril del próximo año.

por María Shaw

En un esfuerzo conjunto, el Ministerio de Turismo y la CAMTUR -en representación del sector privado- hicieron un llamado a los empresarios para que crearan paquetes promocionales; rápidamente se obtuvo una respuesta positiva por parte de las empresas que integran las instituciones socias de la Cámara.

Paquetes promocionales
También desde el 1º de octubre y hasta el 20 de diciembre de 2018, Uruguay ofrece una serie de paquetes de 4 x 3 noches de alojamiento y 3 por 2 noches de alojamiento, disponibles para uruguayos y para turistas no residentes. La información completa de estas promociones se encuentra en la web de la CAMTUR: www.camtur.com.uy

Las promociones invitan a sumar un día más a la estadía en: Guazuvirá, Atlántida, Colonia del Sacramento, Nueva Helvecia, Durazno, Minas, Piriápolis, Montevideo, Termas, Rivera, La Paloma, Chuy, Salto, Turismo Rural, Costa de Oro y Rocha.

Beneficios para turistas no residentes
Devolución de 22 puntos de IVA sobre servicios turísticos prestados a personas físicas, siempre que sean abonados mediante dinero electrónico, tarjetas de débito y/ o crédito. La empresa emisora de la tarjeta deberá incluir en el estado de cuenta, el descuento que figure en el ticket emitido por el POS.

Los servicios comprendidos son:
•    Servicios gastronómicos, cuando sean prestados por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, cafeterías, salones de té y similares, o por hoteles, moteles, apart hoteles, hosterías, estancias turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas, posadas de campo, casas de campo y camping hostels, siempre que dichas prestaciones no integren el concepto de hospedaje.
•    Servicios de catering para la realización de fiestas y eventos.
•    Servicios para fiestas y eventos, no incluidos en el literal anterior.
•    Arrendamientos de vehículos sin chofer.
•    Servicios de mediación en el arrendamiento de inmuebles con destino turístico.
Otros beneficios:
•    Devolución parcial del precio del arrendamiento de inmuebles con destino turístico
Devolución del 10,5% del precio del arrendamiento de inmuebles con fines turísticos a arrendatarios que sean personas físicas no residentes, siempre que el arrendamiento se realice en Inmobiliarias registradas y el medio de pago utilizado, sea tarjeta de débito o crédito emitida en el exterior. La empresa emisora de la tarjeta deberá incluir en el estado de cuenta, el descuento que figure en el ticket emitido por el POS. La vigencia de dicho beneficios es hasta 30 de abril de 2019.
•    Régimen de Tax Free
para compras de productos incluidos en el régimen, realizadas en comercios adheridos al sistema, cumpliendo el trámite correspondiente en el momento de la compra y en tanto el egreso del país se produzca a través de alguno de los siguientes pasos de frontera: Aeropuerto Internacional de Carrasco, Aeropuerto de Laguna del Sauce, Puerto de Montevideo, Puerto de Colonia, Terminal de Arribos de Cruceros de Punta del Este, Puente Salto-Concordia, Puente Paysandú-Colón, Puente Fray Bentos-Puerto Unzué y Chuy. Al momento de dejar el país, deberá completarse el trámite correspondiente para el reintegro, en los puestos debidamente identificados.
•    IVA cero en Hoteles.
Beneficio válido para extranjeros presentando documento de identidad emitido en el exterior. Al estar exonerado, este consumo se factura sin IVA, por lo tanto el impuesto no se cobra, no generando devolución.
Beneficios para turistas residentes:
Devolución de 9 puntos de IVA sobre servicios turísticos prestados a personas físicas, siempre que sean abonados mediante dinero electrónico, tarjetas de débito y/ o crédito. La empresa emisora de la tarjeta deberá incluir en el estado de cuenta, el descuento que figure en el ticket emitido por el POS.

Los servicios comprendidos son:
•    Servicios gastronómicos, cuando sean prestados por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, cafeterías, salones de té y similares, o por hoteles, moteles, apart hoteles, hosterías, estancias turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas, posadas de campo, casas de campo y camping hostels, siempre que dichas prestaciones no integren el concepto de hospedaje.
•    Servicios de catering para la realización de fiestas y eventos.
•    Servicios para fiestas y eventos, no incluidos en el literal anterior.
•    Arrendamientos de vehículos sin chofer.
•    Servicios de mediación en el arrendamiento de inmuebles con destino turístico.

L/D

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